Logo

BERTAGNA, RENZO FACUNDO c/ YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT)- E.N. s/DIFERENCIAS SALARIALES

El actor promovió demanda por diferencias salariales. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el reconocimiento de la bonificación anual por eficiencia (BAE) y el pago de pasajes, aplicando la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de intereses.

Intereses Diferencias salariales Convenio colectivo de trabajo Bonificacion anual por eficiencia Pasajes


¿Quién es el actor?

Renzo Facundo Bertagna

¿A quién se demanda?

Yacimiento Carbonífero Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios con Terminales en Punta Loyola y Río Gallegos (YCRT)
- Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales, incluyendo bonificación anual por eficiencia (BAE), pasajes, transporte escolar, becas, contribución educativa, refrigerio, vale comida, horas extras y aumentos por decreto 445/17.

¿Qué se resolvió?


- Se hizo lugar parcialmente a la demanda, reconociendo el derecho a la BAE y pasajes.
- Se rechazaron los reclamos por transporte escolar, becas, contribución educativa, refrigerio, vale comida, horas extras y aumentos por decreto 445/17.
- Se aplicó la tasa activa del Banco Nación para el cálculo de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La BAE estaba prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable, por lo que no resulta una bonificación excepcional.
- El derecho a percibir pasajes está reconocido en el CCT, sin necesidad de acreditar el viaje.
- La tasa activa del Banco Nación es adecuada para recomponer el capital adeudado, atendiendo al carácter alimentario del reclamo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar