MANCILLA MILLAO, MARIO DEL CARMEN c/ YACIMIENTOS CARBONIFEROS RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN RIO GALLEGOS Y PUNTA LOYOLA (MDPN) s/DIFERENCIAS SALARIALES
El actor promovió demanda por diferencias salariales. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y solo reconoció el reclamo del actor por el concepto de Bonificación Anual Extraordinaria del ejercicio 2019.
diferencias salariales, incluyendo Bonificación Anual Extraordinaria (BAE), pasajes, aumentos del Decreto 445/2017 y adicional "permanencia en el cargo y categoría"
¿Qué se resolvió?
- Se confirmó el reconocimiento del rubro BAE correspondiente al ejercicio 2019
- Se revocó el reconocimiento de los aumentos otorgados por el Decreto 445/2017
- Se confirmó la aplicación de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para el cálculo de intereses moratorios
- Se impusieron las costas en el orden causado
Fundamentos principales:
- La BAE estaba prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo y su procedencia no estaba sujeta a la decisión unilateral del empleador.
- Los períodos 2018 y anteriores de la BAE estaban prescriptos, salvo el 2019 que fue reclamado en tiempo y forma.
- Los aumentos otorgados por el Decreto 445/2017 al sector público no resultaban automáticamente aplicables al personal de YCRT, al estar regido por una convención colectiva diferente.
- La imposición de costas en el orden causado atiende al vencimiento parcial y mutuo de las pretensiones.
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