HERRERA, CARLOS DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor reclamó el reconocimiento de servicios diferenciales prestados para YPF. La Cámara Federal confirmó el fallo que ordenó a la ANSES reconocer esos servicios diferenciados.
¿Quién es el actor?
Carlos Domingo HERRERA
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamó el reconocimiento de servicios diferenciales prestados para YPF entre el 24/06/1975 y el 28/01/1994, a los fines de obtener un beneficio previsional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, ordenando a la ANSES que reconozca los servicios diferenciales reclamados y otorgue el beneficio previsional correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara señaló que la ANSES no se presentó a contestar la demanda, por lo que se aplicaron las presunciones del art. 356 CPCCN. Los hechos alegados por el actor y la prueba documental acompañada (certificación de YPF) acreditaron que los servicios prestados fueron de carácter diferencial.
- La Cámara consideró que la declaración de insalubridad de las tareas realizada por la autoridad laboral provincial es competencia exclusiva de esa jurisdicción, por lo que no podía ser desconocida por ANSES.
- Respecto al plazo para que ANSES dicte nueva resolución, la Cámara entendió que es una obligación de hacer, y que el plazo de cumplimiento de la condena es el previsto en la Ley 26.153 (120 días).
- Sobre la tasa de interés, la Cámara resolvió aplicar la tasa pasiva del BCRA, siguiendo la doctrina de la CSJN.
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