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SANCHEZ REINUL, MARFA IRIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La actora reclamó el beneficio de pensión derivada como cónyuge supérstite. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó a la ANSES conceder el beneficio.

Conyuge superstite Pension derivada Comprobacion de vinculo matrimonial Obligacion de dictar nueva resolucion


¿Quién es el actor?

Marfa Iris SANCHEZ REINUL

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación del beneficio de pensión derivada como cónyuge supérstite del Sr. Vargas Miranda.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando a la ANSES que en el plazo de 30 días emita un nuevo pronunciamiento concediendo el beneficio de pensión desde la fecha del fallecimiento del causante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de primera instancia consideró acreditado que la actora y el causante se encontraban casados al momento del fallecimiento, sin que exista sentencia de divorcio o separación que hiciera perder el derecho a la pensión.
- La Cámara confirmó que de las constancias documentales aportadas, en especial el certificado de matrimonio y la declaración testimonial de una hija del matrimonio, se acreditó el vínculo conyugal.
- La ANSES no logró rebatir la valoración probatoria efectuada, limitándose a manifestar una mera discrepancia con la decisión.
- El plazo de 30 días impuesto para que la ANSES dicte un nuevo pronunciamiento reconociendo el derecho resulta procedente, al tratarse de una obligación de hacer, sin confundirlo con el plazo de cumplimiento de la condena.

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