LOPEZ, MARIA EUGENIA c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ
La actora solicitó jubilación por invalidez, que fue denegada por no presentar declaración jurada de salud. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó otorgar el beneficio.
Jubilación por invalidez
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando a ANSES que dicte una nueva resolución otorgando el beneficio solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 48 de la Ley 24.241 regula el retiro transitorio por invalidez cuando exista una incapacidad laboral del 66% o más.
- El art. 2 del Decreto 300/1997 estableció que la presentación de la declaración jurada de salud es un requisito para obtener el retiro por invalidez.
- Sin embargo, no consta que se haya notificado fehacientemente a la actora sobre dicha obligación, ni que ANSES y AFIP hayan verificado su cumplimiento al momento de la afiliación.
- La aplicación mecánica de este requisito podría implicar negar un beneficio de carácter alimentario, por lo que debe interpretarse con cautela.
- Tratándose de un nuevo beneficio, corresponde confirmar la sentencia de primera instancia y ordenar a ANSES que lo otorgue en el plazo fijado.
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