Gimenez Ledezma Damian C/telfonica De Arg Sa Y O S/ext. De Respons. Sol
El actor promovió demanda por otros reclamos laborales contra su ex empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y extendió la condena a la codemandada Telefónica de Argentina S.A. por aplicación del artículo 30 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Otros reclamos laborales derivados del despido
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y extendió la condena solidaria a Telefónica de Argentina S.A. por aplicación del art. 30 LCT.
Los principales fundamentos fueron:
- La presentación del reclamo ante el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) interrumpe el plazo de prescripción, en virtud de lo dispuesto en el art. 257 LCT.
- Si bien el art. 7 de la Ley 24.635 estableció un efecto suspensivo, este resulta inconstitucional por contradicción con la ley de fondo (art. 257 LCT).
- La "demanda de conciliación" ante el SECLO debe considerarse un acto interruptivo de la prescripción, por revelar la voluntad del acreedor de ejercer su derecho.
- La contratación por parte de Telefónica de Argentina S.A. de los servicios de Telecommerce S.A. importó la delegación de actividades propias de su giro empresarial, por lo que corresponde extender la responsabilidad solidaria del art. 30 LCT.
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