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Leiva Carlos A C/jumbo Retail Arg Sa S/desp

Acción por despido contra supermercado Jumbo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la condena solidaria al supermercado por las obligaciones laborales del trabajador.

Responsabilidad solidaria Subcontratacion Despido Actividad normal y especifica Trabajo no registrado

Despido y cobro de obligaciones laborales

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó solidariamente a Jumbo Retail Argentina S.A. por aplicación del art. 30 de la LCT, ya que las tareas de reparto y distribución de mercadería realizadas por el trabajador coadyuvaban a la actividad principal de la empresa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jurisprudencia ha interpretado que el concepto de "actividad normal y específica" del art. 30 LCT debe comprender no sólo las actividades necesarias sino también las que coadyuven, sean secundarias o colaterales, siempre que estén integradas permanentemente al establecimiento. En este caso, las tareas de reparto y distribución realizadas por el trabajador se enmarcan dentro de la actividad normal y específica de Jumbo Retail.

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