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Lezcano Cesar Andres C/ Skf Argentina S.A. Y Otro S/despido

El trabajador reclamó reincorporación por aplicación del art. 29 LCT. La Cámara confirmó la sentencia que responsabilizó como empleadora directa a la empresa usuaria de los servicios.

Responsabilidad solidaria Indemnizacion por despido Tercerizacion Fraude laboral Ley 24 013 Ley 25 323

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que responsabilizó como empleadora directa a SKF Argentina S.A. en los términos del art. 29 LCT, por ser la empresa usuaria de los servicios del trabajador. También se confirman los incrementos indemnizatorios por aplicación de las leyes 25.323 y 24.013. Fundamentos relevantes:
- El trabajador prestó servicios de limpieza invariablemente en el establecimiento de SKF, bajo su poder de dirección, según las declaraciones testimoniales.
- Ello configura el marco fáctico que exige reconocer la responsabilidad directa de SKF, más allá de la intermediación formal de otra empresa.
- Procede el incremento indemnizatorio del art. 1° de la ley 25.323 cuando se determina la existencia de un vínculo directo entre el trabajador y la empresa usuaria.

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