Maidana, Gabriela Anabel C. Kicardi Sa Y Otros S. Despido
El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que condenó a los demandados a pagar diversos créditos laborales derivados del despido indirecto.
Despido indirecto y créditos laborales
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al despido indirecto y condenó a los demandados al pago de los créditos laborales. La Cámara consideró que los testimonios de los testigos Lamas y Cocha fueron convincentes y contestes respecto de la prestación de servicios de la actora, el pago de salarios en negro, y el incumplimiento del régimen de jornada laboral. Además, tuvo en cuenta la reticencia de los demandados a aportar la documentación contable requerida, lo cual habilitó la aplicación de la presunción prevista en el art. 55 LCT. Por todo ello, confirmó que se configuraron las causales de despido indirecto y los créditos correspondientes. También confirmó la procedencia del recargo del art. 2 Ley 25.323 y la obligación de entregar un certificado de trabajo acorde a lo resuelto judicialmente, rechazando los argumentos de los demandados.
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