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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios adeudados a la trabajadora despedida por encontrarse embarazada.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Aumentó los montos indemnizatorios adeudados a la trabajadora, incluyendo la indemnización por embarazo del art. 182 LCT, las multas de los arts. 9 y 15 de la Ley 24.013, y la incidencia de las horas extras en el cálculo salarial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Correspondía tener por acreditado que el despido obedeció al estado de embarazo de la trabajadora, dado que la demandada no acreditó otra causa de cese.
- Debía computarse la incidencia de las horas extras trabajadas en la remuneración base.
- Correspondía hacer lugar a las multas de los arts. 9 y 15 de la Ley 24.013 al acreditarse que la trabajadora cursó la intimación estando vigente la relación laboral.

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