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Arias Blanco, Nilda Teresa De Jesús C/visa Argentina S.A. S/despido

Empleada demandó por diferencias salariales y la Cámara modificó la sentencia de primera instancia para condenar a la empleadora por los montos adeudados durante el período anterior a la firma de un acuerdo colectivo.

Diferencias salariales Despido Renuncia de derechos Antiguedad Convenio colectivo Presentismo Silencio del trabajador


¿Quién es el actor?

Nilda Teresa de Jesús Arias Blanco

¿A quién se demanda?

Visa Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaba diferencias salariales (antigüedad y presentismo) durante el período de octubre 2010 a octubre 2011.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenando a la empleadora el pago de las diferencias salariales reclamadas por la actora correspondientes al período de octubre 2010 a octubre 2011, que había sido rechazado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que al haberse acordado encuadrar a la trabajadora en el CCT 130/75 a partir de octubre 2011, ello implicaba que dicho convenio le era aplicable también para el período anterior, por lo que correspondía reconocer los rubros previstos en el mismo que no le habían sido pagados oportunamente. Además, señaló que el silencio del trabajador frente al acuerdo no puede interpretarse como una renuncia a sus derechos.

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