Diaz Olvaldo O C/aguas Y Saneamientos Arg Sa S/desp
El actor reclamó la entrega de certificados de trabajo y multa por incumplimiento. La Cámara confirmó la condena a la demandada a cumplir con la entrega de los certificados y el pago de la multa correspondiente.
Entrega de certificados de trabajo (art. 80 LCT) y multa por incumplimiento (art. 45 Ley 25.345)
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo, condenando a la demandada a entregar los certificados en 5 días y a pagar la multa correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La obligación de entregar los certificados nace al extinguirse el contrato, no puede quedar sujeta a que el trabajador concurra a retirarlos.
- El formulario PS 6.2 de ANSES no cumple con la totalidad de la información exigida en el art. 80 LCT.
- La multa del art. 45 Ley 25.345 procede al no haber entregado los certificados en tiempo y forma.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del despido, por tratarse de un rubro indemnizatorio.
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