Viola, Juan De Dios C. Ypf Sa Y Otros S. Despido
El actor demandó por despido y la Cámara confirmó el rechazo de la demanda por prescripción de la acción.
Acción por despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo de la demanda por prescripción de la acción. El juez de primera instancia consideró prescripta la acción por haberse iniciado el reclamo luego de los 2 años previstos en el art. 256 LCT, teniendo en cuenta la quiebra de la empleadora del actor (Mauricio Mesplet SACIFIA) y la aplicación del art. 196 de la Ley de Concursos, que dispone la disolución de los contratos de trabajo a la fecha de la quiebra. La Cámara comparte los fundamentos de la sentencia de primera instancia, destacando que se cumplen los mismos presupuestos de hecho y de derecho que en un precedente similar ("Cejas, Alberto Juan c. YPF SA y otros s. despido"). Señala que el plazo de 2 años del art. 256 LCT se encontraba vencido al momento de iniciarse el reclamo, al haber culminado la relación laboral del actor en noviembre de 2006 por aplicación del art. 196 de la Ley de Concursos.
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