Logo

Caviglia Adriana Edith C/carboclor S.A. S/despido

El actor promovió demanda por incumplimiento de acuerdo de conciliación homologado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sanción aplicada por temeridad y malicia en el incumplimiento del pago.

Costas Incumplimiento Acuerdo conciliatorio Temeridad Malicia Sancion Art 275 lct


¿Quién es el actor?

Adriana Edith Caviglia

¿A quién se demanda?

Carboclor S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incumplimiento de acuerdo conciliatorio homologado.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la resolución que aprobó la liquidación practicada por la actora con la inclusión de la sanción prevista en el art. 275 párr. 3° de la LCT, por considerar que la demandada incurrió en una conducta maliciosa al demorar 45 días el efectivo pago del acuerdo conciliatorio. La Cámara señaló que la temeridad se configura cuando la parte deduce pretensiones a sabiendas de su sinrazón, y la malicia cuando realiza actos tendientes a obstruir el proceso. En el caso, si bien la demandada efectuó la transferencia del importe 15 días después de la fecha pactada, la actora recién tuvo certeza de la existencia de los fondos 45 días después, lo que tornó aplicable la sanción del art. 275 párr. 3° LCT.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar