D. P., G.y otro s/falta de acción
La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el rechazo de la excepción de falta de acción por inexistencia de delito, al considerar que la subsunción del hecho en la ley 15.930 no puede descartarse a priori.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
- Demandados: A. E. T. y G. S. D. P.
- Objeto de la demanda: Excepción de falta de acción por inexistencia de delito
- Decisión del tribunal: La Cámara Criminal y Correccional Federal confirmó el rechazo de la excepción de falta de acción.
Fundamentos principales:
- La jurisprudencia establece que la excepción de falta de acción por inexistencia de delito solo procede cuando el extremo surja en forma evidente y manifiesta, lo que no ocurre en el caso.
- Hay elementos que indican la posible comisión de un delito, como el impulso del fiscal y la información del Archivo General de la Nación sobre los documentos incautados.
- También se han dispuesto medidas para determinar el origen de los elementos incautados.
- Asimismo, se han tomado declaraciones indagatorias a los imputados.
- Por lo tanto, la situación no encuadra en los alcances de la excepción impetrada.
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