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Los imputados apelaron el procesamiento por tenencia de drogas con fines de comercialización. La Cámara Criminal y Correccional confirmó el procesamiento al considerar que la cantidad y forma de acondicionamiento de la droga permitía presumir la intención de comercializar.

Embargo Procesamiento Tenencia de drogas Fines de comercializacion Presuncion de intencion Cantidad y acondicionamiento de droga


¿Quién es el actor?

Fiscalía
- Demandados: F.A.C. y M.I.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Procesamiento por el delito de tenencia de drogas con fines de comercialización (art. 5 inc. c, ley 23.737).

¿Qué se resolvió?

Se confirma el procesamiento de los imputados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El personal policial actuó conforme a las facultades excepcionales establecidas en los arts. 284, 230 y 230 bis del CPPN, al presenciar maniobras sospechosas en un vehículo y hallar envoltorios de cocaína en su interior.
- La cantidad (190 envoltorios con 158,5 g de cocaína) y forma de acondicionamiento de la droga, sumado al contexto en que fue hallada, permiten presumir la intención de comercialización, más allá de las explicaciones de los imputados.
- El procesamiento requiere sólo elementos de convicción, aún no definitivos ni confrontados, que demuestren la existencia de un hecho delictivo y la participación de los imputados.
- El embargo impuesto a M.I.S. se considera razonable teniendo en cuenta la pena de multa prevista y los peritajes realizados.

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