DENUNCIADO: SAPORI S.A. Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE: AFIP - DIRECCION GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó parcialmente el sobreseimiento de la causa por apropiación indebida de aportes a la seguridad social, pero declaró la nulidad respecto de un período fiscal.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
- Demandados: L. L., V. H. G. y SAPORI S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apropiación indebida de aportes a la seguridad social retenidos de los trabajadores de SAPORI S.A. entre diciembre 2013 y junio 2017.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el sobreseimiento por los períodos de diciembre 2013 a mayo 2017, ya que los montos no superaban el límite de $100.000 exigido por la ley más benigna (Régimen Penal Tributario de la ley 27.430). Sin embargo, se declaró la nulidad parcial respecto del período junio 2017, ya que ese hecho no había sido incluido en el requerimiento fiscal inicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más benigna.
- La condición objetiva de punibilidad (monto mínimo de $100.000) debe considerarse al comparar la ley aplicable.
- El tribunal debe limitarse a los hechos incluidos en el requerimiento fiscal, conforme al art. 195 del CPPN.
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