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Incidente Nº 1 - NN: N.N. s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA

Tribunal dirime competencia entre juzgados penales económicos por conexidad entre investigaciones por contrabando de cocaína

Conexidad Competencia Contrabando Cocaina Penales economicos


¿Quién es el actor?

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 6

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 11

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Dirimir conflicto de competencia por conexidad entre causas que investigan tentativas de contrabando de cocaína

¿Qué se resolvió?

Se dispone que el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 11 continúe entendiendo en la causa CPE 67/2023, al verificarse conexidad entre esta y la causa CPE 1085/2022 que tramita ante dicho juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se consideraron suficientemente acreditados elementos de conexidad en los términos del art. 41 inc. 3 CPPN, tales como coincidencia en remitente, método de ocultamiento y sustancia, a pesar de no contarse aún con peritajes definitivos. Se aplicó el principio del delito primeramente cometido (art. 42 inc. 2 CPPN) para determinar la competencia.

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