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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: TISCAL S.R.L. Y OTRO s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA

El juez de primera instancia declaró su incompetencia para continuar interviniendo en la causa sobre presunto contrabando de importación de mercadería, y remitió el expediente al Juzgado Penal Económico N°11. La Cámara decidió que el Juzgado N°3 continúe entendiendo en la causa.

Conexidad Competencia Complejidad Contrabando Codigo aduanero Eficiencia procesal


¿Quién es el actor?

Juzgado Penal Económico N°3

¿A quién se demanda?

Juzgado Penal Económico N°11

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar la competencia para entender en una causa por presunto contrabando de importación de mercadería

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió que el Juzgado N°3 continúe entendiendo en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Si bien existe conexidad subjetiva parcial entre las causas por la imputación a E.A.B., el objeto procesal de la causa del Juzgado N°11 es particularmente complejo, con gran cantidad de hechos, personas imputadas e incidentes, lo que haría que la acumulación retrase la investigación sin mejorar la administración de justicia.
- Los hechos investigados en la causa del Juzgado N°3 habrían sido cometidos varios años después y con una modalidad delictiva diferente a los hechos de la causa del Juzgado N°11.
- La conexidad subjetiva es parcial, limitada a sólo uno de los imputados.

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