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Legajo Nº 5 - IMPUTADO: B., C. A. Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION

La defensa técnica de C.A.B. dedujo recurso de casación contra la confirmación de su procesamiento con prisión preventiva. La Cámara resolvió conceder el recurso.

Recurso de casacion Procesamiento Prision preventiva Libertad ambulatoria Codigo procesal penal federal


¿Quién es el actor?

Defensa técnica de C.A.B.

¿A quién se demanda?

C.A.B.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionar el procesamiento con prisión preventiva de C.A.B.

¿Qué se resolvió?

La Cámara concedió el recurso de casación deducido por la defensa. El juez Boico sostuvo que, en el marco procesal actual, la impugnación por vía de casación respecto de un pronunciamiento como el cuestionado es improcedente, porque el artículo 54 del Código Procesal Penal Federal limita la facultad de revisión de los jueces con funciones de casación a decisiones adoptadas por los tribunales de juicio. Sin embargo, dada la novedad de la interpretación, considera adecuado reanudar los términos procesales para que la parte pueda readecuar su impugnación. En contraposición, el juez Bertuzzi consideró que el recurso es formalmente procedente, pues se trata de una resolución equiparable a sentencia definitiva que afecta el derecho a la libertad del imputado. Además, al cuestionarse la inteligencia otorgada a normas que reglamentan la imposición de restricciones a la libertad ambulatoria, la vía de casación es admisible. El juez Bruglia adhirió al voto del juez Bertuzzi. En consecuencia, por mayoría, el Tribunal resolvió conceder el recurso de casación deducido por la defensa.

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