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NN: APERTURA DE ENCOMIENDA s/MEDIDAS PRECAUTORIAS

El Ministerio Público Fiscal impugnó la resolución que dispuso el archivo de la causa por contrabando de cigarrillos al considerar que el valor de la mercadería no superaba el monto mínimo para configurar el delito según la nueva ley.

Contrabando Codigo aduanero Ley penal mas benigna Delito aduanero Valor de la mercaderia


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Contrabando de cigarrillos

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por mayoría el recurso de casación del Fiscal, considerando que la conducta quedó desincriminada por la aplicación retroactiva de la ley 27.430 que elevó los montos mínimos para que el contrabando sea considerado delito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal entendió que el valor de los cigarrillos decomisados ($ 83.666,96) no superaba el nuevo monto mínimo de $ 160.000 establecido por la ley 27.430 para el contrabando de tabaco y derivados. Si bien cuestionó que el a quo no haya descartado expresamente la concurrencia de otras agravantes, finalmente consideró correcta la decisión de archivo por aplicación del principio de ley penal más benigna.

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