Legajo Nº 5 - IMPUTADO: AGUERO, PEDRO ARTURO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación contra la decisión que declaró la inconstitucionalidad de las normas que excluyen a ciertos condenados por delitos de drogas del acceso a beneficios del régimen progresivo de la pena. La Cámara de Casación revocó la declaración de inconstitucionalidad al considerar que la distinción normativa no es arbitraria.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Pedro Antonio Agüero
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 56 bis inc. 10 de la ley 24.660 y 14 inc. 10 del Código Penal
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal revocó la declaración de inconstitucionalidad, considerando que la distinción normativa que excluye a ciertos condenados por delitos de drogas de acceder a beneficios del régimen progresivo de la pena no es arbitraria y se ampara en el ejercicio de la potestad legislativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha sostenido que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de extrema gravedad que debe realizarse con sobriedad y prudencia cuando la repugnancia de la norma con la Constitución sea manifiesta, clara e indudable.
- El legislador tiene la facultad de establecer distinciones válidas entre supuestos que considere diferentes, siempre que no sean arbitrarias ni respondan a propósitos de injusta persecución o indebido privilegio.
- En el caso, la exclusión de ciertos beneficios para condenados por delitos de drogas previstos en los arts. 56 bis inc. 10 y 14 inc. 10 no resulta arbitraria ni carente de fundamentación, en tanto responde a una política criminal que busca un tratamiento más riguroso para ese tipo de delitos.
- La progresividad y reinserción social del condenado se encuentran garantizadas por el régimen especial del art. 56 quáter de la ley 24.660, introducido por la ley 27.375.
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