Legajo Nº 2 - IMPUTADO: BRESSI ESCALANTE, DANIEL RAUL s/LEGAJO DE CASACION
El tribunal revocó la decisión que denegó al condenado el adelanto de la totalidad de su fondo de reserva para ayudar a su hijo con una emergencia familiar.
Solicitud de adelanto de la totalidad del fondo de reserva para ayudar a su hijo con una emergencia familiar (reparación del techo de su vivienda).
¿Qué se resolvió?
El tribunal anuló la resolución que denegó el pedido y ordenó al tribunal de origen que dicte una nueva resolución conforme a derecho, analizando la petición a la luz de lo previsto en el art. 128 de la Ley 24.660.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza de ejecución se limitó erróneamente a analizar el pedido sólo bajo el art. 121 de la Ley 24.660, omitiendo verificar las condiciones previstas en el art. 128 para autorizar la entrega anticipada del fondo de reserva. Esta omisión tornó arbitraria a la decisión. El hecho de que las relaciones laborales se desarrollen intramuros no implica la resignación de garantías constitucionales sobre el trabajo.
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