NN: N.N. s/INFRACCION LEY 22.415 PRESENTANTE: AFIP - DGA ACTUACION 17448-727 ACTA 636
El Ministerio Público Fiscal promovió recurso de casación contra la resolución que declaró atípica la conducta de los imputados por aplicar retroactivamente la ley penal más benigna. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la decisión y ordenó un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Carlos Alberto Coria Famoso y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conducta presuntamente constitutiva de infracción aduanera de contrabando menor
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal anuló la decisión que había declarado atípica la conducta y ordenó un nuevo pronunciamiento, al considerar que no se descartó debidamente la posible concurrencia de agravantes que impedirían la aplicación de la ley penal más benigna.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- La ley 27.430 elevó los montos mínimos previstos en el art. 947 del Código Aduanero para la configuración del delito de contrabando menor.
- Sin embargo, el art. 949 del Código Aduanero establece que el hecho constituirá delito y no infracción de contrabando menor, cuando la mercadería forme parte de una cantidad mayor que supere el nuevo monto o cuando el imputado hubiera sido condenado previamente por delitos aduaneros.
- Los tribunales anteriores omitieron analizar si en el caso concurrían estas circunstancias que impedirían la aplicación de la ley penal más benigna.
- Por ello, la decisión impugnada carece de debida fundamentación y debe ser anulada.
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