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Incidente Nº 20 - QUERELLANTE: A.F.I.P. IMPUTADO: CUSCHNIR, LUISA Y OTROS s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA

Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3 será competente para tramitar causas conexas por delitos tributarios.

Conexidad Economia procesal Prevencion Conflicto negativo de competencia Delitos tributarios


¿Quién es el actor?

No aplicable, es un conflicto de competencia entre tribunales.

¿A quién se demanda?

No aplicable, es un conflicto de competencia entre tribunales.
- Objeto de la demanda: Determinar cuál tribunal es competente para entender en las causas CPE 976/2016/TO4 y CPE 972/2016/TO3, que se encuentran conexas por compartir imputados.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal, Sala 4, declara competente al Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3 para entender en la tramitación de las causas conexas. Fundamenta su decisión en que el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3 fue el que previno, al haber sido sorteado en primer término para intervenir en la causa CPE 972/2016/TO3, a la cual se encuentra conexa la causa CPE 976/2016/TO4. Además, considera oportuno que se celebre un único juicio en el marco de estos actuados, en atención a los principios procesales de concentración y economía procesal.

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