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Incidente Nº 20 - QUERELLANTE: A.F.I.P. IMPUTADO: CUSCHNIR, LUISA Y OTROS s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA

Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3 será competente para tramitar causas conexas por delitos tributarios.

Conflicto negativo de competencia Delitos tributarios Conexidad Prevencion Economia procesal


- Actor: No aplicable, es un conflicto de competencia entre tribunales.
- Demandado: No aplicable, es un conflicto de competencia entre tribunales.
- Objeto de la demanda: Determinar cuál tribunal es competente para entender en las causas CPE 976/2016/TO4 y CPE 972/2016/TO3, que se encuentran conexas por compartir imputados.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal, Sala 4, declara competente al Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3 para entender en la tramitación de las causas conexas. Fundamenta su decisión en que el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 3 fue el que previno, al haber sido sorteado en primer término para intervenir en la causa CPE 972/2016/TO3, a la cual se encuentra conexa la causa CPE 976/2016/TO4. Además, considera oportuno que se celebre un único juicio en el marco de estos actuados, en atención a los principios procesales de concentración y economía procesal.

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