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IMPUTADO: CRUZ CARDENA, RENE s/CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. B) - CODIGO ADUANERO

La Cámara Federal de Casación Penal rechaza el recurso de casación interpuesto por el Fiscal contra el sobreseimiento de René Cruz Cárdenas por tentativa de contrabando, al considerar aplicable la ley penal más benigna.

Recurso de casacion Sobreseimiento Contrabando Ley penal mas benigna Tentativa


¿Quién es el actor?

Fiscal Federal

¿A quién se demanda?

René Cruz Cárdenas

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Tentativa de contrabando de exportación de divisas

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de casación interpuesto por el Fiscal contra el sobreseimiento dictado respecto de René Cruz Cárdenas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La conducta atribuida a Cruz Cárdenas no supera el monto de $500.000 establecido por la ley 27.430 para la figura de contrabando, por lo que corresponde aplicar el principio de ley penal más benigna.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema ("Palero" y "Soler") y de esta Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, ha sostenido este criterio en casos similares.
- El Fiscal no invocó la concurrencia de agravantes que pudieran excepcionar la aplicación del monto de $500.000.

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