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Legajo de Ejecución Nº 1 - IMPUTADO: RIOJA, OMAR ORLANDO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

La defensa oficial impugnó la negativa a computar el tiempo de libertad condicional como cumplimiento de pena. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo al cómputo, en aplicación del Código Penal.

Recurso de casacion Revocacion Libertad condicional Resocializacion Computo de pena Nuevo delito Violacion de residencia


¿Quién es el actor?

Defensa oficial de Omar Orlando Rioja

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cómputo del tiempo de libertad condicional como cumplimiento de pena

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal sostuvo que, de acuerdo al art. 15 del Código Penal, cuando la libertad condicional se revoca por la comisión de un nuevo delito o la violación de la obligación de residencia, el tiempo transcurrido bajo ese régimen no se computa como cumplimiento de pena. Si bien la defensa alegó vulneración de derechos, la Cámara entendió que la norma es clara al respecto y no procede el cómputo solicitado.

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