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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: PUGA TAMANI, ALDO s/LEGAJO DE CASACION

El actor impugnó la decisión que no hizo lugar a la solicitud de conversión de la pena de multa en prisión. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso.

Multa Imposibilidad de pago Prision preventiva Ejecucion de la pena Libertad condicional Conversion multa a prision

¿Qué se resolvió en el fallo?

Aldo Puga Tamani fue condenado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas. Previamente había sido excarcelado en los términos del art. 317 inc. 5 del CPPN, luego de cumplir más de 2 años de prisión preventiva. Posteriormente, al intimársele el pago de la multa, su defensa solicitó la sustitución de la multa por días de prisión, argumentando la imposibilidad de pago por la precaria situación económica de Puga Tamani. El tribunal a quo no hizo lugar a la solicitud, por considerar que el art. 21 del CP impone analizar previamente otras alternativas de pago antes de proceder a la conversión. La defensa recurrió en casación. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, rechazó el recurso interpuesto. Consideró que no se verificó un apartamiento irrazonable de la normativa aplicable ni defectos de fundamentación en la decisión impugnada. Señaló que el tiempo que Puga Tamani estuvo detenido con anterioridad a la condena fue computado para el cumplimiento de la pena de prisión, por lo que no correspondía compensarlo con la multa.

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