Legajo Nº 91 - QUERELLANTE: MENENDEZ, DANIEL ALEJANDRO Y OTRO s/LEGAJO DE APELACION
La Cámara Federal de Casación Penal revocó la decisión que había excluido a Daniel Alejandro Menéndez como querellante en representación de la organización Barrios de Pie, al considerar que no se habían brindado fundamentos suficientes para privar a Menéndez de dicha calidad procesal.
Menéndez solicitó ser reconocido como querellante en representación de la organización "Barrios de Pie", de la cual era referente al momento de los hechos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal revocó la resolución que había excluido a Menéndez como querellante, al considerar que no se habían brindado fundamentos suficientes para privar a Menéndez de dicha calidad procesal, y ordenó reponerlo en su rol de querellante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara destacó que "Barrios de Pie" es una organización de estructura informal y conformación dinámica, lo que generó que ante una división interna, ambos grupos siguieran utilizando la misma denominación. Ante ello, no se demostró la falta de representación de Menéndez respecto de uno de los grupos en que se dividió la organización ("Somos/Barrios de Pie").
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