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Incidente Nº 12 - QUERELLANTE: AFIP/DGA IMPUTADO: JETS MARIVENT IBEROAMERICA SRL s/INCIDENTE DE PRESCRIPCION DE ACCION PENAL

La Cámara Federal de Casación Penal revoca el sobreseimiento de la persona jurídica Jets Marivent Iberoamérica S.R.L. por contrabando agravado, al considerar que el plazo de prescripción es de 10 años y no de 6 años como había resuelto el tribunal oral.

Prescripcion Persona juridica Plazo prescriptivo Codigo aduanero Codigo penal Contrabando agravado


¿Quién es el actor?

AFIP-DGA (querellante)

¿A quién se demanda?

Jets Marivent Iberoamérica S.R.L. (persona jurídica)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Contrabando agravado por presentación de facturas apócrifas en despachos de importación entre 2008 y 2009

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento y ordenó la remisión de las actuaciones al tribunal oral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal oral aplicó erróneamente el plazo de prescripción de 6 años de la ley 27.401 en lugar del plazo de 10 años del Código Penal, correspondiente al delito de contrabando agravado imputado a la persona jurídica.
- El Código Aduanero remite al Código Penal para determinar los plazos de prescripción, por lo que correspondía aplicar el plazo de 10 años del art. 62 inc. 2 CP.
- Aplicar un plazo distinto para la persona jurídica que para la persona física por los mismos hechos sería incongruente.
- Los actos interruptivos de la prescripción (indagatoria, requerimientos de elevación a juicio) se produjeron dentro del plazo de 10 años, por lo que la acción penal no estaba prescripta.

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