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Legajo Nº 2 - IMPUTADO: CORONEL, JESUS RODRIGO s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Jesús Rodrigo Coronel impugnó la condena por tenencia de estupefacientes para consumo personal, la cual fue revocada al considerar que la conducta no afectó el bien jurídico protegido.

Tenencia de estupefacientes Consumo personal Libertad individual Ultima ratio Principio de lesividad Bien juridico salud publica

Condena por tenencia de estupefacientes para consumo personal

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal revocó la condena al considerar que si bien Coronel tenía en su poder cocaína, la misma no fue ostentada públicamente ni generó un daño o peligro concreto a terceros, por lo que la conducta no afectó el bien jurídico protegido. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 14, segundo párrafo, de la Ley 23.737. Fundamentos principales:
- El principio de lesividad impone demostrar que la conducta reprimida generó un daño o peligro concreto al bien jurídico protegido (salud pública), lo cual no se acreditó en este caso.
- La tenencia de la droga en el bolsillo del pantalón, sin ser ostentada públicamente, representa un ejercicio de la libertad individual amparado por el art. 19 de la Constitución Nacional.
- El derecho penal solo debe intervenir como última ratio ante infracciones graves, debiendo privilegiarse otros medios de control social menos lesivos.

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