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Legajo Nº 3 - REQUERIDO: RIVERA NATO , GREGORIO s/LEGAJO DE CASACION

Extradición de Gregorio Rivera Nato solicitada por Perú. Cámara Federal de Casación Penal confirma postergación de entrega por pandemia.

Pandemia covid 19 Extradicion Tratado de extradicion Ley 24 767 Postergacion Resolucion 135 2020


¿Quién es el actor?

Defensa de Gregorio Rivera Nato

¿A quién se demanda?

Estado Argentino

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cese de privación de libertad de Rivera Nato en proceso de extradición a Perú

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa. Consideró que el Estado argentino puede postergar la entrega de Rivera Nato al Perú, en razón de la pandemia COVID-19, conforme lo establecido en la Ley 24.767 y la Resolución 135/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de primera instancia había concedido la extradición de Rivera Nato a Perú por delito de violación sexual, pero postergó la entrega por pandemia, con fundamento en el art. 39 inc. b) de la Ley 24.767 y la Resolución 135/2020.
- La defensa apeló, argumentando que la postergación viola el plazo del Tratado de Extradición con Perú.
- La Cámara entendió que la postergación es válida, ya que la ley y la resolución ministerial permiten postergar la entrega cuando el traslado pueda poner en riesgo la salud del detenido o de terceros por la pandemia, hasta que se supere ese riesgo.
- No se observa arbitrariedad ni violación a garantías constitucionales en la decisión, por lo que declaró inadmisible el recurso.

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