Legajo Nº 2 - DAMNIFICADO: TRENES ARGENTINOS IMPUTADO: PONCE, MISAEL ANGEL s/LEGAJO DE APELACION
El Ministerio Público Fiscal apeló la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal que sobreseyó a Misael Ángel Ponce por no encuadrar su conducta en el delito de entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte público.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Misael Ángel Ponce
- Objeto de la demanda: Imputación por haber activado el freno de emergencia de un tren de la línea San Martín, interrumpiendo momentáneamente el servicio
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación del fiscal, confirmando el sobreseimiento de Ponce. Consideraron que la breve detención de 3 minutos del tren, sin lesiones ni daños, no configuró un impedimento al normal funcionamiento del servicio público de transporte que prevé el tipo penal del art. 194 del Código Penal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El bien jurídico protegido por el art. 194 CP es la regularidad y eficiencia de los servicios públicos de transporte, no la mera puntualidad. La interrupción momentánea de 3 minutos sin mayores consecuencias no puede considerarse un "entorpecimiento" típico de dicha figura.
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