Recurso Queja Nº 15 - s/AVERIGUACION DE DELITO, FALSEDAD IDEOLOGICA y INFRACCION LEY 24.051
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió no admitir la excusación de un juez que aún no tiene imputación en la causa.
¿A quién se demanda?
Julio M. De Vido
- Reclamado: Excusación del juez Juan Carlos Gemignani de conocer en la causa FSM 75001619/2011 por estar denunciado De Vido en otro expediente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió no admitir la excusación del juez Gemignani, ya que De Vido aún no está imputado en esta causa en particular. La Cámara entendió que, conforme al Código Procesal Penal, la excusación sólo procede cuando existe un vínculo entre el magistrado y las partes del proceso, y en este caso De Vido no está afectado a la investigación. Por lo que la excusación resultaba prematura.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: