Recurso Queja Nº 23 - s/DAÑO AGRAVADO (ART.184 INC.5) y ESTRAGO QUERELLANTE: FERRECIO ALTUBE , ENRIQUE CARLOS
La querella interpuso recurso de queja contra el rechazo in limine de la recusación de los jueces del Tribunal Oral. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de queja.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La querella dedujo recurso de casación contra el rechazo in limine de la recusación de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 2 de San Martín. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el criterio del auto denegatorio del recurso de casación, ya que la decisión recurrida no encuadra en las previsiones del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación para ser recurrida en casación, al no tratarse de un pronunciamiento de carácter definitivo que ponga fin a la acción o a la pena. Además, el caso no se adecua a los supuestos de excepción sentados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para habilitar el recurso de casación, y la querella tampoco demostró una cuestión federal que amerite la intervención del tribunal. Por último, la invocación de cuestión de gravedad institucional carece de fundamento suficiente.
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