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Incidente Nº 1 - QUERELLANTE: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y OTRO IMPUTADO: SOLNICKI, JAIME VICTOR Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El Ministerio Público Fiscal desistió del recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que dispuso tener por desistido el recurso extraordinario.

Recurso extraordinario Desistimiento Ministerio publico fiscal Codigo procesal penal


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

No aplicable
- Objeto de la demanda: Recurso extraordinario
- Decisión del tribunal: Se tiene por desistido el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por cuanto a fs. 31 el Fiscal General -Dr. Raúl Omar Pleé
- desistió fundadamente del recurso extraordinario deducido oportunamente a fs. 4/10, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 bis del Código Procesal Penal de la Nación, último párrafo, conforme texto de la ley 27.384, el Tribunal RESUELVE: TENER POR DESISTIDO el recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público Fiscal a fs. 4/10, sin costas (artículo 443, 530 y art. 30 bis del Código Procesal Penal de la Nación, último párrafo, conforme texto de la ley 27.384)."

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