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Recurso Queja Nº 8 - IMPUTADO: SACHER, JULIO ALBERTO s/INFRACCIÓN ART. 139 INC. 2) DEL C.P. SEGÚN LEY 24.410, INFRACCIÓN ART. 139 BIS, SEGUNDO PÁRRAFO DEL C.P. SEGÚN LEY 24.410, INFRACCIÓN ART. 146 DEL C.P. SEGÚN LEY 24.410 y USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296)

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación denegado interpuesto por la defensa.

Inadmisibilidad Recurso de casacion Embargo Codigo penal Procesamiento sin prision preventiva


¿Quién es el actor?

Defensa particular de J.A.S.

¿A quién se demanda?

N/A
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra el auto de procesamiento sin prisión preventiva de J.A.S. por el delito previsto en el art. 139 bis del Código Penal y el embargo por $200.000.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de queja por recurso de casación denegado interpuesto por la defensa. Fundamentó que la decisión que confirma el auto de procesamiento sin prisión preventiva no reviste carácter de sentencia definitiva, por lo que no procede el recurso de casación. Extractos relevantes: "Que la parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló el a quo como objeción al recurso que intentó puesto que el pronunciamiento recurrido no reúne los requisitos previstos por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, puesto que no pone fin a la acción o a la pena, ni hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena." "De este modo, el límite objetivo establecido por el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, al que hemos hecho referencia en el considerando anterior, no puede ser superado con arreglo a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Di Nunzio" (Fallos: 328:1108), puesto que de tal pronunciamiento no ha de extraerse otra consecuencia que la de que esta Cámara deberá conocer –como órgano judicial intermedio en el sentido de la doctrina de Fallos: 318:514 y 319:585
- de las cuestiones federales resueltas por sentencias definitivas o resoluciones equiparables a estas últimas previstas legalmente o que surjan de la jurisprudencia del Alto Tribunal."

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