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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PARENTE , RUBEN DARIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.11 INC.C), INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C), INFRACCION LEY 23.737 (ART.7) y INFRACCION ART.189 BIS APARTADO (2) 2° PARRAFO

El Tribunal Oral Federal N° 2 de San Martín condenó a Rubén Darío Parente, Fernando Gabriel Zampone y Walter Omar Gómez por transporte de estupefacientes agravado. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la calificación agravada y modificó las penas.

Transporte de estupefacientes Tenencia ilegitima de arma de guerra Agravante por intervencion de tres o mas personas organizadas Participacion a titulo de autor Coautor y participe secundario


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal
- Demandados: Rubén Darío Parente, Fernando Gabriel Zampone y Walter Omar Gómez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Transporte de estupefacientes agravado y tenencia ilegítima de arma de guerra

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Casación modificó la calificación legal, eliminando la agravante por intervención de tres o más personas organizadas. Confirmó la condena por transporte de estupefacientes y tenencia ilegítima de arma de guerra. Fundamentos principales:
- El tribunal tuvo por acreditado que Rubén Darío Parente, Fernando Gabriel Zampone y Walter Omar Gómez participaron de manera coordinada en el transporte de 53,858 kg de marihuana desde Buenos Aires a Puerto Madryn.
- El tribunal consideró que la agravante del art. 11 inc. c) de la ley 23.737 no resulta aplicable a Walter Omar Gómez por su carácter de partícipe secundario, siendo que la agravante requiere la participación de autores y coautores.
- Respecto a las armas, se tuvo por acreditada la tenencia ilegítima de un revólver calibre 38 y una escopeta calibre 16 UAB.

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