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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: IGLESIAS, LEONARDO MARTIN s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3 denegó el pedido de incorporación al régimen de salidas transitorias de Leonardo Martín Iglesias. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión al considerar que el condenado no se encuentra en el período de prueba requerido por la ley.

Control judicial Periodo de prueba Ejecucion de la pena Ley 24 660 Salidas transitorias Regimen penitenciario progresivo


¿Quién es el actor?

Defensa pública oficial de Leonardo Martín Iglesias

¿A quién se demanda?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 3

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pedido de incorporación al régimen de salidas transitorias

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La ley 24.660 establece que para acceder al beneficio de salidas transitorias es requisito ineludible encontrarse en el período de prueba, lo cual no se cumple en el caso de Iglesias. Si bien ha cumplido con los demás requisitos legales, al no haber solicitado su incorporación al régimen de ejecución anticipada de la pena, no se encuentra en el período de prueba establecido por la normativa.

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