Principal en Tribunal Oral TO01 - ALCIDES ANTONIO PERALTA S.R.L. Y OTRO s/INFRACCION LEY 22.415
La empresa Alcides Antonio Peralta S.R.L. interpuso recurso de casación contra la decisión que mantuvo el embargo sobre una suma de dinero. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso considerando que el embargo resultaba procedente en virtud de la responsabilidad solidaria de la empresa por la pena pecuniaria impuesta al condenado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa "Alcides Antonio Peralta S.R.L." demandó la devolución de una suma de dinero que le había sido embargada en el marco de una investigación por tentativa de contrabando agravado, en la que su empleado Darío Ernesto Carabajal había sido condenado. El Tribunal Oral en lo Penal Económico había rechazado el pedido de devolución, considerando que la empresa era solidariamente responsable por la pena pecuniaria que correspondía a Carabajal. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó esta decisión, entendiendo que la empresa era responsable solidaria por la multa en virtud del vínculo laboral entre Carabajal y la firma, de acuerdo a los arts. 876 inc. "c" y 887 del Código Aduanero. Asimismo, destacó que el condenado ya había abonado la pena pecuniaria, por lo que correspondía que la empresa canalice el pedido de devolución ante la Dirección General de Aduanas.
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