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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: PEREIRA, FEDERICO BENITO s/LEGAJO DE CASACION

La defensa solicitó la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal, que prohíbe la suspensión del juicio a prueba para los delitos aduaneros. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso y confirmó la constitucionalidad de la norma.

Inconstitucionalidad Suspension de juicio a prueba Control de constitucionalidad Igualdad ante la ley Delitos aduaneros


- Actor: Federico Benito Pereira, imputado
- Demandado: Ministerio Público Fiscal
- Objeto: Solicitud de declaración de inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal, que prohíbe la suspensión del juicio a prueba para los delitos aduaneros.
- Decisión: Se rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema ha establecido que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de última ratio, que sólo procede cuando la incompatibilidad entre la norma y la Constitución es manifiesta, clara e indudable.
- Respecto a la igualdad, la Corte ha sostenido que no se trata de una igualdad absoluta, sino que la ley puede establecer diferenciaciones razonables entre supuestos distintos.
- En este caso, la defensa no logró demostrar de modo claro y preciso cómo la norma cuestionada supone un ejercicio legislativo irrazonable o contrario a la Constitución.
- Por lo tanto, al no advertirse vicios de fundamentación en la decisión impugnada, corresponde confirmar el rechazo del planteo de inconstitucionalidad.

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