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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: PEREIRA, FEDERICO BENITO s/LEGAJO DE CASACION

La defensa solicitó la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal, que prohíbe la suspensión del juicio a prueba para los delitos aduaneros. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso y confirmó la constitucionalidad de la norma.

Inconstitucionalidad Suspension de juicio a prueba Control de constitucionalidad Igualdad ante la ley Delitos aduaneros


¿Quién es el actor?

Federico Benito Pereira, imputado

¿A quién se demanda?

Ministerio Público Fiscal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de declaración de inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 76 bis del Código Penal, que prohíbe la suspensión del juicio a prueba para los delitos aduaneros.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de casación interpuesto por la defensa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha establecido que la declaración de inconstitucionalidad es un acto de última ratio, que sólo procede cuando la incompatibilidad entre la norma y la Constitución es manifiesta, clara e indudable.
- Respecto a la igualdad, la Corte ha sostenido que no se trata de una igualdad absoluta, sino que la ley puede establecer diferenciaciones razonables entre supuestos distintos.
- En este caso, la defensa no logró demostrar de modo claro y preciso cómo la norma cuestionada supone un ejercicio legislativo irrazonable o contrario a la Constitución.
- Por lo tanto, al no advertirse vicios de fundamentación en la decisión impugnada, corresponde confirmar el rechazo del planteo de inconstitucionalidad.

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