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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: IBAÑEZ PEÑA, CRISTIAM s/INFRACCION LEY 23.737, PORT.ARMA USO CIVIL/CONDIC.S/AUT*MOD.LEY 25886, INFRACCION LEY 25.891 ART. 12 y VIOLACION DE MEDIDAS-PROPAGACION EPIDEMIA(ART.205)

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal condenó a Cristiam Ibáñez Peña por delitos de portación de arma de guerra sin autorización, encubrimiento, utilización de celular de procedencia ilegítima y violación de medidas para impedir la propagación de una epidemia. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena.

Epidemia Encubrimiento Portacion de arma de guerra Violacion de medidas sanitarias Utilizacion de celular de procedencia ilegitima


- Actor: Ministerio Público Fiscal
- Demandado: Cristiam Ibáñez Peña
- Se le imputó la comisión de los delitos de portación de arma de guerra sin autorización, encubrimiento, utilización de celular de procedencia ilegítima y violación de medidas sanitarias para impedir propagación de epidemia.
- El Tribunal Oral condenó a Ibáñez Peña a 6 años de prisión.
- La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación de la defensa, confirmando la condena.
- El tribunal consideró acreditada la intervención de Ibáñez Peña en los hechos a partir de la prueba testimonial y documental.
- Respecto de la portación de arma, se tuvo por probado que Ibáñez Peña la poseía sin autorización y en condiciones de uso.
- En cuanto al encubrimiento, se acreditó que el arma tenía la numeración suprimida, lo que indicaba su procedencia ilícita.
- En relación al uso del celular, se demostró que había sido denunciado como robado o extraviado.
- Por último, se consideró probado que Ibáñez Peña violó las medidas de aislamiento social implementadas por la autoridad competente para evitar la propagación del COVID-19.

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