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Recurso Queja Nº 1 - IMPUTADO: LUCENA , MYRIAM ALEJANDRA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Fiscal interpone queja por retardo de justicia en la resolución de un recurso de apelación, pero la Cámara declara abstracto el tratamiento de la queja por haberse dictado resolución sobre el recurso

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Queja por retardo de justicia en la resolución de un recurso de apelación interpuesto por la defensa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal declara abstracto el tratamiento de la queja por retardo de justicia, debido a que la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán ya había dictado resolución sobre el recurso de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara Federal de Casación Penal sostiene que conforme a la doctrina de la Corte Suprema, corresponde declarar abstracto el tratamiento de la queja por retardo de justicia cuando las circunstancias sobrevinientes han tornado inútil la resolución pendiente, al no mediar un interés concreto y actual que la justifique.

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