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Recurso Queja Nº 31 - DENUNCIADO: PEREYRA CORDOBA CAMPOS, JORGE HECTOR PEDRO Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769

La AFIP-DGI y la UIF cuestionaron la suspensión de la acción penal por aplicación de la ley 27.541 al considerar que no se cumplían los requisitos legales exigidos.

Recursos de la seguridad social Apropiacion indebida Tributos Uif Ley 27 541 Lavado de activos Suspension de la accion penal

Impugnación de la suspensión de la acción penal dispuesta en aplicación de la ley 27.541

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a los recursos de casación interpuestos, se revocó la resolución impugnada y se remitió el expediente al tribunal a quo para que continúe el trámite del proceso. Los fundamentos principales fueron:
- La UIF tiene legitimación para recurrir la suspensión de la acción penal al ser querellante en la causa, en atención a que los hechos investigados podrían constituir antecedentes del delito de lavado de activos.
- No se verifica la identidad entre las deudas verificadas por la AFIP y las regularizadas por los imputados en el marco de la ley 27.541, por lo que no se cumplieron los requisitos legales para proceder a la suspensión de la acción penal.

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