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Incidente Nº 62 - IMPUTADO: GATICA , JUAN DOMINGO s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

El condenado promovió recurso de casación contra la decisión que le denegó el arresto domiciliario. La Cámara Federal de Casación Penal remitirá las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento atendiendo a la actualidad del estado de salud del imputado.

Estado de salud Persona mayor Delitos de lesa humanidad Derechos humanos de personas mayores Prision domiciliaria


¿Quién es el actor?

Juan Domingo Gatica (condenado)

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se le conceda el arresto domiciliario por su avanzada edad (75 años) y estado de salud

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal remitirá las actuaciones al tribunal de origen para que, previa intervención del Cuerpo Médico Forense, dicte un nuevo pronunciamiento atendiendo a la actual situación de salud del imputado. Fundamentos principales:
- Existe la obligación internacional del Estado argentino de juzgar y sancionar los delitos de lesa humanidad, pero ello debe ser compatibilizado con el respeto a los derechos humanos de las personas adultas mayores.
- La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, de la cual Argentina es parte, establece deberes del Estado de adoptar medidas para garantizar un trato digno y respetuoso de las personas mayores privadas de libertad.
- Corresponde que el tribunal de grado dictamine nuevamente sobre la procedencia del arresto domiciliario de Gatica, atendiendo a su actual estado de salud.

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