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Recurso Queja Nº 14 - IMPUTADO: AGROINDUSTRIAS CIALPIL S.A. Y OTRO s/INFRACCION LEY 22.415

Los imputados promovieron recurso de casación contra la sentencia que revocó la extinción de la acción penal por pago. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la decisión recurrida y reenvió las actuaciones al tribunal a quo para que dicte un nuevo pronunciamiento.

Contrabando Codigo aduanero Ley 27 541 Evasion tributaria Delito aduanero Extincion de la accion penal Ley 22 415 Resolucion 909 1994 Importacion fraudulenta


¿Quién es el actor?

Agroindustrias Cialpil S.A. y Néstor Gustavo Cialone

¿A quién se demanda?

Ministerio Público Fiscal
- Objeto de la demanda: Solicitud de extinción de la acción penal por pago de la deuda aduanera
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Casación Penal anuló la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había revocado la extinción de la acción penal dispuesta en primera instancia, y reenvió las actuaciones al tribunal a quo para que dicte un nuevo pronunciamiento. Fundamentos principales de la decisión:
- El régimen de regularización previsto en la ley 27.541 no establece distinciones sobre los delitos aduaneros alcanzados, abarcando tanto los de naturaleza infraccional como los penales, siempre que impliquen una obligación tributaria impaga.
- La circunstancia de que la mercadería objeto de la maniobra se encuentre sujeta a un régimen particular de importación no impide la aplicación de los efectos extintivos de la ley 27.541, los que operan respecto de la acción penal, sin perjuicio de que el organismo aduanero pueda exigir el cumplimiento de las condiciones para su efectiva incorporación al mercado.
- El pago total de la deuda aduanera por parte de los imputados, cumpliendo con los requisitos de la ley 27.541, torna procedente la extinción de la acción penal.

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