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Recurso Queja Nº 5 - IMPUTADO: TOTO, HÉCTOR LUIS Y OTROS s/INFRACCION ART.145 BIS DEL CODIGO PENAL SEGUN LEY 26842 y INFRACCION ART.145 TER,1) DEL CODIGO PENAL SEGUN LEY 26842

El tribunal dispuso delegar en las partes la citación de los testigos al debate oral, decisión que fue anulada al entender que corresponde al tribunal la convocatoria de los testigos conforme el sistema acusatorio.

Recurso de casacion Codigo procesal penal Imparcialidad del tribunal Sistema acusatorio Citacion de testigos Atribuciones de las partes


- Actores: Fiscal y defensa
- Demandados: Toto, Héctor Luis y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la decisión del Tribunal Oral que delegó en las partes la citación de los testigos al juicio oral

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a los recursos, se anuló la resolución recurrida y se remitió el expediente al tribunal de juicio para que fije nueva fecha de debate, ordenando al tribunal la citación de los testigos conforme las normas procesales vigentes. La Cámara consideró que, en el marco del sistema acusatorio adoptado por la Constitución Nacional, la citación de los testigos es una atribución propia de las partes y no puede ser delegada al tribunal. Si bien el Tribunal buscó un reposicionamiento de las partes acorde al modelo adversarial, la decisión impugnada no se encuentra prevista en las normas procesales aplicables. Por ello, se anuló la resolución y se ordenó al tribunal que cite a los testigos conforme la normativa vigente.

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