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Incidente Nº 4 - QUERELLANTE: A.F.I.P. / D.G.I. IMPUTADO: ESMEDE, JUAN OSVALDO s/INCIDENTE DE EXTINCION DE LA ACCION

El actor AFIP/DGI promovió incidente por extinción de la acción penal derivada de delito tributario. La Cámara Federal de Casación Penal anuló la decisión que extinguía la acción por considerar que correspondía aplicar la normativa especial y no la regla general de reparación integral del daño.

Reparacion integral Aportes previsionales Delito tributario Norma especial Ley 24 769

Extinción de la acción penal por delito tributario (omisión de pago de aportes previsionales retenidos)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal anuló la decisión que extinguía la acción penal, considerando que correspondía aplicar la normativa especial de delitos tributarios y no la regla general de reparación integral del daño. Los jueces señalaron que el art. 4 del Código Penal establece que las disposiciones generales de dicho código se aplicarán a delitos previstos por leyes especiales, salvo que estas dispongan lo contrario. En el caso de los delitos tributarios y previsionales, el régimen específico de la Ley 24.769 prevalece sobre la regla general de reparación del art. 59 inc. 6 del Código Penal.

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