Legajo Nº 5 - IMPUTADO: DIAZ, MIGUEL SANTOS s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
El condenado interpuso recurso de casación contra la decisión que rechazó su planteo de inconstitucionalidad de los artículos modificados por la Ley 27.375 que restringen los beneficios de ejecución de pena. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso al considerar que los agravios no configuran arbitrariedad ni afectación a normas constitucionales.
- El condenado Miguel Santos Díaz interpuso recurso de casación contra la decisión de la jueza de ejecución que rechazó su planteo de inconstitucionalidad de los artículos 56 bis y 56 quáter de la Ley de Ejecución Penal y el art. 14 inc. 10 del Código Penal, modificados por la Ley 27.375.
- El recurrente alegó que la decisión fue arbitraria al no dar respuesta a los argumentos de su defensa sobre la necesidad de garantizar la reinserción social y la progresividad de la pena. También cuestionó la exclusión de los beneficios por la naturaleza del delito, sin considerar la evolución del interno.
- La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso. Señaló que los agravios del recurrente sólo reflejaban disconformidad con los fundamentos de la jueza, sin lograr demostrar arbitrariedad o violación de normas constitucionales. Remarcó que la declaración de inconstitucionalidad es una facultad excepcional que debe ejercerse con prudencia ante la clara contradicción con la Constitución, sin que el recurrente haya logrado acreditar tales extremos.
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