ZANFARDINO CAROLINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes en su jubilación. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar la movilidad suspendida por los decretos de emergencia solo hasta febrero 2021.
Reajustes en la jubilación
¿Qué se resolvió?
Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia. Se ordena al ANSES abonar las diferencias entre la movilidad aplicada por decretos de emergencia y la suspendida por ley, solo hasta febrero 2021. Se confirma el resto de lo resuelto.
Fundamentos relevantes:
- Respecto a los aportes autónomos, se debe aplicar el criterio de la CSJN en "Makler" y considerar todos los años y categorías efectivamente aportadas.
- Sobre la Prestación Básica Universal, se debe aplicar el índice "Badaro" hasta la sanción de la Ley 26.417.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 que suspendió la movilidad.
- Los intereses se calculan a la tasa pasiva del BCRA.
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